Programa Extraordinario de Activación

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Requisitos para acceder a la nueva prestación, PEA

Según han informado las organizaciones sindicales UGT y CCOO, junto con el Gobierno y las organizaciones patronales CEOE y CEPYME se ha aprobado el Programa Extraordinario de Activación (PEA), que estará vigente entre el 15 de enero de 2015 y el 15 de abril de 2016, y cuyo objetivo es potenciar la inserción laboral de los parados de larga duración mediante actuaciones específicas de los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas.

Requisitos:

  1. Personas desempleadas que hayan trabajado anteriormente y que terminaran su último trabajo de forma involuntaria.
  2. Deben figurar inscritos como demandantes de empleo a 1 de diciembre de 2014, y haber estado inscritos de forma ininterrumpida al menos durante 12 meses de los 18 anteriores a su inscripción en el programa, con excepción de aquellos casos en los que se dieran de baja como demandantes de empleo por haber tenido un trabajo de menos de tres meses de duración.
  3. Haber agotado hace más de seis meses la percepción de prestaciones (Planes PREPARA, PRODI o la tercera renta activa de inserción) y no tener derecho a ninguna otra prestación.
  4. Tener responsabilidades familiares y carecer de otras rentas o que las que reciban sean limitadas (en los términos previstos en el artículo 215 de la Ley General de Seguridad Social). La percepción del PEA es incompatible con la percepción de otras rentas como un salario social, renta mínima de inserción, o ayudas análogas de asistencia social de las Comunidades Autónomas.
  5. Quienes se inscriban en el programa deben firmar en el momento de la solicitud un compromiso de actividad que les obliga a realizar las acciones que determinen los Servicios Públicos de Empleo o las agencias privadas de colocación colaboradoras, es decir: realizar y acreditar una búsqueda activa de empleo, participar en las acciones de políticas activas de empleo que le propongan los Servicios Públicos de Empleo, no rechazar ninguna oferta adecuada de empleo.
  6. La parti​cipación en el programa es compatible con el empleo, ya que el trabajador podrá ser contratado a tiempo completo o parcial, y los empleadores también podrá percibir incentivos.